Todas las solicitudes de certificados sacramentales (documentos oficiales que acreditan la celebración de un sacramento; no se expiden con fines genealógicos) deben dirigirse a la parroquia que conserva el libro original de registros sacramentales. El solicitante debe ser un destinatario autorizado, tal como se define a continuación. En el caso de las parroquias que se hayan fusionado, los registros se encuentran en la parroquia receptora. En la sección «Descargas» que figura a continuación se puede consultar una lista con la ubicación de los registros de las parroquias fusionadas.
Entre los destinatarios autorizados se incluyen:
- La persona cuyo nombre figura en el expediente (si es mayor de 18 años o un menor emancipado).
- Un padre o tutor legal de la persona (si esta es menor de 18 años).
- Funcionarios de la Arquidiócesis de Saint Paul y Minneapolis, de otras diócesis, o de parroquias de la Arquidiócesis o de otras diócesis católicas romanas.
- Otras partes designadas o autorizadas por orden judicial, citación, orden de comparecencia o ley estatal o federal.
Las parroquias no proporcionan información sobre los sacramentos para la investigación genealógica, ni se expiden certificados de sacramentos con ese fin.