Última actualización: 1 de julio de 2025
I. Objetivo
Esta política describe el proceso de selección y acogida Clero internacional para prestar servicio en el Archidiócesis y establece los requisitos para Clero internacional que presta servicios en el Archidiócesis.
II. Política
Clero internacional será aceptado en el Archidiócesis en función de las necesidades de esta Iglesia local o de algún beneficio específico y tangible para el ministerio general del presbiterio. Se presentará por escrito una solicitud formal para atender esta necesidad, junto con los requisitos necesarios para satisfacerla, ante el Arzobispo. Una vez que se apruebe la contratación propuesta de Clero internacional para satisfacer esa necesidad ha sido aprobado por el Arzobispo, comunicará esa necesidad al director de Personal del Clero, quien coordinará todo el proceso de búsqueda de candidatos.
I. PROCESO DE SELECCIÓN
La selección se basará en criterios exhaustivos, incluida una entrevista personal en la que se utilizarán los medios adecuados para determinar la capacidad lingüística. La entrevista se llevará a cabo después de que los candidatos presenten una carta de su obispo o superior religioso en la que se les conceda permiso preliminar para participar en un proceso de selección que puede conducir al ministerio, la asignación y la admisión en la Archidiócesis, y revisar todo el expediente de la diócesis de origen. La solicitud de admisión cumplimentada por el obispo diocesano incluirá una declaración sobre los conocimientos y el dominio del idioma, la capacidad de adaptación a la vida cultural de los Estados Unidos y la relación con Parroquia las estructuras y las personas; las cualidades morales, intelectuales, físicas y psicológicas del candidato; los documentos que acrediten Del clérigo ordenación e incardinación; un historial completo de destinos desde el momento de la ordenación; el formulario «Solicitud de facultades ministeriales» debidamente cumplimentado; y cualquier información relacionada con la experiencia del candidato en su servicio en cualquier otra diócesis.
El director de personal clerical solicitará las referencias pertinentes con el fin de evaluar la Del clérigo preparación para el ministerio pastoral en el Archidiócesis. En Clérigo Deberán someterse a una verificación de antecedentes penales en Estados Unidos y a nivel internacional antes de iniciar cualquier trámite de visa o inmigración.
En el momento de la selección, el canciller de Asuntos Canónicos establecerá un Clero expediente del candidato. Toda la documentación relacionada con el proceso de selección se incluirá en el Del clérigo archivo.
Una vez que se haya identificado a un candidato que satisfaga a ambas partes, se redactará un acuerdo por escrito entre las Arzobispo de la Archidiócesis, y el obispo diocesano o el superior religioso de la diócesis de origen, o de la comunidad religiosa, y el candidato, en el que se detallen todas las obligaciones y responsabilidades de las partes (Acuerdo). Todas las partes deben firmar el Acuerdo antes de que el candidato llegue a la Archidiócesis.
En el momento de la selección, se deben tener en cuenta el proceso de obtención del visado y la asignación concreta. Las condiciones relativas tanto al proceso de obtención del visado como a la asignación concreta deben incluirse en el acuerdo entre el Archidiócesis, y el obispo diocesano o el superior religioso de la diócesis de origen o de la comunidad religiosa. Los gastos relacionados con la solicitud del visado correrán a cargo de la Clérigo próximamente en Archidiócesis. El Acuerdo de Clero internacional para prestar servicio en el Archidiócesis incluirá estas disposiciones, salvo que el Arzobispo.
El acuerdo también debe abordar las cuestiones relativas a: 1) la duración inicial y las opciones de renovación que permitan a la entidad de origen reservarse el derecho de rescindir el Clérigo despido por causa justificada; 2) funciones, remuneración y realización de una evaluación anual; 3) obligaciones financieras de la diócesis de origen; 4) disposiciones en materia de atención médica; 5) pensión; 6) otras cuestiones, como los estudios de posgrado, si procede; y 7) cuestiones adicionales según lo establecido en la presente Política.
Una vez completados los pasos anteriores, se iniciará el proceso de solicitud de visado para Estados Unidos a través del Director de Personal Clerical.
A falta de un acuerdo por escrito, el Archidiócesis no cubrirá ningún gasto relacionado con Clero próximamente en Archidiócesis con un visado F-1 o R-1, y en tales circunstancias el Clero miembro que viene a la Archidiócesis, o su diócesis u orden, es plenamente responsable de todos sus gastos de manutención, seguro médico, vivienda, matrícula, gastos legales, transporte y demás ayudas económicas.
II. LLEGADA
El proceso de llegada debería comenzar una vez que se haya iniciado el trámite de la visa. El proceso de llegada comenzará con la asignación a un Parroquia o institución e incluyen la asignación de un sacerdote mentor ajeno a la Parroquia Pastor o supervisor institucional. El director de Personal del Clero tomará las medidas oportunas para que el Del clérigo proceso de llegada e inculturación y colaborará con el Pastor o el supervisor del proyecto para preparar a la comunidad receptora para el Del clérigo llegada.
En Clérigo puede encargarse de los preparativos del viaje a Archidiócesis una vez que el Departamento de Seguridad Nacional haya concedido el visado para Estados Unidos. Los gastos de viaje correrán a cargo del Clérigo próximamente en Archidiócesis teniendo en cuenta esta disposición recogida en el Acuerdo entre el Archidiócesis y la diócesis o comunidad religiosa de origen. El acuerdo por Clero internacional para prestar servicio en el Archidiócesis debe incluir estas disposiciones.
En Clérigo no podrá iniciar su ministerio público hasta que haya cumplido todos los requisitos de entorno seguro establecidos por el Archidiócesis se hayan completado y se hayan otorgado las facultades ministeriales por parte de la Arzobispo.
El director de Personal del Clero y la parroquia receptora Pastor o el supervisor deben consultar las Directrices para la acogida de ministros pastorales en los Estados Unidos, elaboradas por la Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos, y los apartados pertinentes relacionados con la acogida previa, la bienvenida, la orientación y el apoyo continuo.
Cualquier costo relacionado con la aculturación, incluyendo la reducción del acento y las habilidades lingüísticas, se considera un costo de educación continua, tal y como se describe en la normativa vigente. Tabla de retribuciones del clero. Cualquier gasto adicional que supere los límites establecidos en la tabla de indemnizaciones correrá a cargo del interesado Clérigo.
III. FONDO DE RESERVA PARA SALARIOS Y JUBILACIONES DE LOS SACERDOTES INTERNACIONALES
Durante el tiempo en que el Clérigo está prestando servicio en el Archidiócesis, recibirá una remuneración acorde con el de la Arquidiócesis Calendario completo para el clero, cuyo pago correrá a cargo de la Archidiócesis durante el período de socialización y, posteriormente, por parte de la institución en la que el Clérigo está ejerciendo su ministerio.
- En Clérigo también recibirán un seguro médico y dental similar al de los sacerdotes diocesanos que prestan servicio en la Archidiócesis ¿Qué prestaciones deberá abonar inicialmente la Archidiócesis durante el período de socialización y, posteriormente, por parte de la institución en la que el Clérigo está ejerciendo su ministerio.
- Los pagos se realizarán al Fondo Internacional de Reserva para la Jubilación de Sacerdotes (IPRRF) de conformidad con el calendario vigente del Archidiócesis por dichas contribuciones. Dichos pagos podrán efectuarse mediante el Archidiócesis durante el período de formación cultural y posteriormente correrá a cargo de la institución en la que el Clérigo está ejerciendo su ministerio. Cuando el Clérigo ya no está destinado al ministerio en la Archidiócesis, el monto que se proporcionará del IPRRF a la diócesis de origen del Clérigo para el Del clérigo servicio en el Archidiócesis se calculará multiplicando el número de años de servicio en el Archidiócesis multiplicado por $5,000. El factor correspondiente a los años de servicio parciales se redondeará al mes completo más cercano.
- Para que la diócesis de origen del Clérigo para recibir cualquier pago del IPRRF, el Parroquia donde el Clérigo a quien se le haya asignado debe realizar todos los pagos requeridos al IPRRF durante el período en que el Clérigo sirve para eso Parroquia. Si el Parroquia no abona el importe total al IPRRF según lo facturado por el Archidiócesis, la cantidad que el Archidiócesis remitirá a la diócesis de origen del Clérigo se reducirá de forma prorrateada en función del importe que Parroquia lo que realmente aporta al IPRRF frente a la cantidad que Parroquia se facturó. El Clérigo no tendrán derecho a recibir ningún pago directamente del IPRRF.
Se adjunta al presente documento, a modo de anexo, un nota sobre los requisitos legales y las restricciones relacionadas con los visados de estudiante y los visados para trabajadores religiosos.