310 - Sacerdote Sabático

Fecha de entrada en vigor: 30 de enero de 2017

Propósito

El propósito del sacerdote Sabático La política consiste en establecer los criterios de elegibilidad para que un sacerdote pueda asumir un cargo aprobado Sabático programa. La política incluye una solicitud inicial y un formulario que debe completarse una vez aprobado el programa.

Política

En Sabático El programa está gestionado por la Arzobispo. A Sabático es una tarea que debe aprobarse mediante un proceso formal.

I. OBJETIVO DE UN AÑO SABÁTICO

Sabáticos puede servir para el enriquecimiento espiritual, pastoral, educativo, teológico y ministerial, así como una oportunidad para renovarse mediante el descanso y un cambio de ritmo. No está pensado como unas vacaciones prolongadas, una baja por enfermedad, estudios académicos asignados ni una licencia.

II. LONGITUD

Sabáticos varían en duración según el programa. Dado el posible impacto en el Parroquia/institución, solicitudes de Sabáticos más de cuatro meses puede requerir una planificación adicional y consultar con el Arzobispo.

III. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

Un sacerdote incardinado en la Archidiócesis de Saint Paul y Minneapolis puede solicitar un Sabático al cumplir un total de 7 años de servicio ministerial, y cada 7 años a partir de entonces Sabático se ha completado. Sabáticos se concederá a partir de los 65 años con carácter excepcional.

Para los sacerdotes destinados a Pastores en el momento de su Sabático, un Administrador parroquial por lo general, se nombrará por la duración del Pastor tiempo en Sabático.

Sabáticos no se autorizará su realización entre asignaciones.

IV. PROGRAMA

Sabáticos debe ajustarse al programa tal y como se solicita en la solicitud y ha sido aprobado por el Arzobispo. Se recomienda a los sacerdotes que realicen una investigación exhaustiva antes de presentar una solicitud. La Oficina de Servicios al Clero puede ofrecerles sugerencias sobre programas que han sido aprobados y han tenido éxito en el pasado.

V. RESPONSABILIDADES EN MATERIA DE COBERTURA

Los sacerdotes son responsables de organizar la sustitución de sus funciones en su destino durante el Sabático. El sacerdote sustituto debe ser apto para el ministerio en la Archidiócesis y tener permiso para trabajar en Estados Unidos.

IV. DISPOSICIONES FINANCIERAS

A continuación se detallan las condiciones financieras habituales, que pueden variar en función de las características específicas del proyecto aprobado Sabático:

1) Archidiócesis ofrece un reembolso de gastos de hasta 1 450 TP por año de servicio ministerial desde el anterior Sabático, así como la cobertura de los sacerdotes sustitutos en la Parroquia de destino. Por ejemplo, un sacerdote con 10 años de servicio que no haya tomado un Sabático tiene derecho a una subvención de hasta $5,000 (10 años x $500 = $5,000). Archidiócesis Se deben cumplir las políticas de reembolso para el reembolso de los gastos admisibles.

2) ParroquiaLa institución se hace cargo del salario, las prestaciones y los gastos profesionales del sacerdote, de acuerdo con el actual Baremo de Remuneración del Clero.

3) Los sacerdotes deben hacerse cargo de todos los demás gastos. Se anima a los sacerdotes a solicitar subvenciones y becas que puedan ayudarles a mejorar su Sabático El sacerdote puede utilizar sus gastos profesionales de la Parroquia o la institución a la que se le haya asignado Sabático gastos.

Cualquier excepción a estas disposiciones financieras deberá ser aprobada por el Arzobispo.

En Sabático El programa está financiado por Parroquias y las instituciones que aportan $500 al año por cada sacerdote asignado. El dinero de la Sabático El fondo está destinado exclusivamente a financiar proyectos aprobados Sabáticos para sacerdotes. Últimas noticias sobre el Sabático El fondo se asignará anualmente a la Consejo Presbiteral.

VII. SEGUIMIENTO

Una vez finalizado el Sabático, el sacerdote debe presentar un informe a la Arzobispo y el Parroquia/institución de destino, junto con una evaluación de la Sabático el programa y en qué medida cumplió o no los objetivos previstos.

Proceso de solicitud

I. SOLICITUD

Sabáticos se aprueban después de que el sacerdote presente una solicitud siguiendo el procedimiento habitual. Sabático El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 1 de noviembre del año anterior al Año fiscal en el que el Sabático se solicita que se produzca.

1) Un sacerdote que solicita un Sabático presenta una solicitud inicial Sabático solicitud dirigida al Director de Servicios del Clero antes del 1 de noviembre anterior al Año fiscal de la propuesta Sabático. Por ejemplo, si el Sabático Si se solicita para el periodo comprendido entre junio y agosto del ejercicio fiscal 2018-2019, la solicitud debe presentarse antes del 1 de noviembre de 2017.

2) El director de Servicios al Clero revisa todas las solicitudes iniciales Sabático solicitudes y formula una recomendación a la Arzobispo, quien toma la decisión final sobre la aprobación. Las recomendaciones y la aprobación se basarán en el número de solicitantes, la cantidad de fondos disponibles, la antigüedad según los años de ordenación, el número de Sabáticos aprobadas anteriormente, el orden de recepción de las solicitudes y las necesidades del sacerdote, Parroquia, y el Archidiócesis.

3) En enero, se notificará a todos los solicitantes si su solicitud ha sido aprobada. A aquellos cuya solicitud haya sido aprobada se les pedirá que completen el Sabático Rellene el formulario de «Necesidades de información y ministerio» y envíelo a la Oficina de Parroquia y Clero

Todos los gastos previstos deben enviarse al Director de Servicios al Clero antes del 1 de marzo para que puedan incluirse en el presupuesto del próximo Año fiscal.

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