Última actualización: 22 de febrero de 2024
I. Objetivo
El objetivo de esta Política de denuncia de irregularidades es fomentar y facilitar Clero, Personal de la Iglesia, voluntarios y otras personas para plantear inquietudes graves, entre ellas la denuncia de Abuso sexual de un menor, sospechas de conducta sexual inapropiada u otro comportamiento ilegal o inapropiado sin temor a sufrir consecuencias indebidas. Esta política prohíbe las represalias contra cualquier persona que presente una denuncia de buena fe. Esta política se aplicará de conformidad con la Ley de Protección de Denunciantes de Minnesota, Estatuto del Estado de Minnesota § 181.932.
II. Definiciones
“Personal de la Iglesia” se refiere a los religiosos (excepto sacerdotes y diáconos), seminaristas, candidatos al diaconado y empleados, así como a los voluntarios que ocupan puestos de liderazgo dentro de una parroquia, una escuela o la Arquidiócesis. Los miembros del consejo de administración parroquial, del consejo pastoral parroquial, del consejo de finanzas parroquial, del consejo escolar, del consejo asesor escolar y del consejo de finanzas arquidiocesano son
ejemplos de voluntarios que ocupan puestos de liderazgo.
“Clero” se refiere a cualquier persona ordenada —obispos, sacerdotes y diáconos— que administra los ritos de la Iglesia católica.
“Clérigo” miembro del clero.
“Empleado” se refiere a una persona contratada por la Arquidiócesis, una parroquia o una escuela, y que actualmente trabaja para ellas. Esto no incluye a los contratistas independientes.
“Abuso sexual de un menor” incluye todos los actos de abuso sexual contra menores tal y como se definen en los Estatutos de Minnesota e incluye, entre otros, cualquier contacto sexual, contacto físico con fines de gratificación sexual, exhibicionismo, masturbación, producción de pornografía, incitación a la prostitución y conversaciones o propuestas de carácter sexual a través de cualquier medio de comunicación.
III. Política
I. Procedimiento de notificación
Clero, Personal de la Iglesia, Empleados, y los voluntarios deben comunicar cualquier información relativa a conductas indebidas, incluidas las sospechas de abuso sexual de menores, de conformidad con la legislación de Minnesota,1 derecho canónico,2 Códigos de conducta, políticas y manuales para empleados de la Arquidiócesis.
II. Prohibición de represalias
No Clérigo, Personal de la Iglesia, voluntario u otra persona que, de buena fe, denuncie una irregularidad no será objeto de prejuicios, represalias ni discriminación. Además, Clero o Personal de la Iglesia Quienes tomen represalias contra alguien que haya denunciado un problema de buena fe pueden ser objeto de medidas disciplinarias y también de sanciones canónicas. A las personas que tomen represalias contra alguien que haya denunciado un problema de buena fe se les puede pedir que renuncien o ser destituidas de su cargo.
III. Actuar de buena fe
Cualquier persona que denuncie una irregularidad debe actuar de buena fe y tener motivos razonables para creer que la información revelada es veraz e indica una infracción. El hecho de presentar denuncias con malicia, de manera imprudente o a sabiendas de que son falsas constituye una infracción grave y puede dar lugar a medidas disciplinarias que pueden llegar a incluir el despido o la inhabilitación para el servicio; además, se le puede solicitar a la persona denunciante que renuncie o ser destituida de su cargo.
1Código de Minnesota, §260 E. 01-28.
2Motu proprio de 2023 Vos estis lux mundi. art. 3.